Privacidad

COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD

La empresa GENTECNO COMUNICACIONES, S.L., con CIF B-16861270 y domicilio social en Avenida de Compostilla, 10 Bajo – 24402 – Ponferrada (León), en adelante el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, solicita por el presente documento un compromiso de confidencialidad al trabajador respecto de la información a la que se pudiera acceder con motivo del desempeño profesional en la empresa y en el marco de la relación laboral o profesional establecida entre las partes.

De acuerdo con lo indicado, TOMÁS GONZÁLEZ CASTRO, con DNI 71533516-C, actuando en su propio nombre y representación (en adelante USUARIO), en su calidad de empleado del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, se da por informado y se obliga al cumplimiento del siguiente compromiso de confidencialidad y conforme los términos indicados en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento General de Protección de Datos) y en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), y demás normativa aplicable.

CLÁUSULAS E INSTRUCCIONES SOBRE EL TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN

1.- Información confidencial

Se entenderá por “información confidencial” toda información con datos personales relativa a personas físicas identificadas o identificables por la cual se pueda determinar directa o indirectamente su identidad, ya sea mediante identificador, nombre, número, localización o elementos propios asociados a la identidad física, fisiológica, genética, psíquica, económica, cultural o social de dicha persona.

La información confidencial objeto del compromiso formalizado incluirá la información estratégica propiedad de la empresa y los secretos comerciales establecidos en la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales, relativa a la protección de los conocimientos técnicos y la información empresarial contra su obtención, utilización y revelación ilícitas, abarcando los siguientes tipos de información (coste esta por escrito o no), y sin que la presente enumeración excluya otra clase de información que la empresa pudiera considerar también como confidencial: técnicas, programas de formación, test, investigación y desarrollo, ideas, invenciones, conceptos, anotaciones, esquemas, diseños, dibujos, organigramas, memorandos, procesos, procedimientos, know-how, fórmulas, datos, programas y aplicaciones informáticas, mejoras, descubrimientos, conocimientos de cualquier clase puestos a disposición del USUARIO, materiales de referencia, materiales y técnicas de marketing, planes de investigación y desarrollo, marketing, nuevos productos, nombres de clientes, canales de comercialización, secretos comerciales y cualquier otra información relacionada con clientes y proveedores, listas de precios, política de ventas, información financiera, presupuestos, plantillas y métodos de gestión y contabilidad, así como los derechos, títulos e intereses que se pudieran alegar sobre las invenciones, patentables o no, realizadas u obtenidas por el USUARIO durante la vigencia de su contrato.

2.- Compromiso de confidencialidad y secreto profesional

El USUARIO se compromete a cumplir con las instrucciones que afectan al desarrollo de sus funciones para garantizar la confidencialidad y el secreto profesional de toda la información confidencial, por lo que se obliga explícitamente a no divulgarla, publicarla, cederla, venderla, ni de otra forma, directa o indirecta, ponerla a disposición de terceros, ni total ni parcialmente, y a cumplir esta obligación incluso con sus propios familiares u otros miembros de la organización que no estén autorizados a acceder a dicha información cualquiera que sea el soporte en el que la contenga. El USUARIO accederá a la información confidencial sólo si es necesario para el desempeño que le ha sido asignado y exclusivamente para los fines autorizados. Los medios de trabajo proporcionados por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO (ordenadores, internet, correo electrónico, etc.) serán utilizados única y exclusivamente para el desarrollo eficiente del propio trabajo, reservándose la empresa la posibilidad de realizar de tareas de verificación, vigilancia y control sobre los mismos sin informar expresamente al USUARIO.

3.- Propiedad de la información confidencial

El USUARIO reconoce la propiedad del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO respecto de todos los datos considerados como información confidencial en el apartado 1 de este documento y se compromete a devolver todas las copias de dicha información y cualquier soporte físico que estén bajo su control.

4.- Tratamiento de datos

El USUARIO declara conocer las políticas sobre seguridad de la información y en materia de protección de datos establecidas para garantizar la protección de la información confidencial y/o con datos personales y se compromete a seguir las instrucciones en ellas reflejadas y, en caso de tener conocimiento de que están siendo violadas o vulneradas, a notificarlo sin demora injustificada al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO para su conocimiento y para que se puedan aplicar las medidas adecuadas que permitan remediar y mitigar los efectos ocasionados.

5.- Responsabilidad del USUARIO

El USUARIO será responsable frente a la empresa y frente a terceros de cualquier perjuicio que se pudiera derivar del incumplimiento de lo indicado en el presente documento, pudiendo suponer el inicio de acciones legales, así como la reclamación de las indemnizaciones, sanciones y daños o perjuicios que el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO se vea obligado a atender a consecuencia de dicho incumplimiento.

6.- Extinción de la relación laboral

El cumplimiento de las obligaciones contenidas en este documento es de carácter indefinido y se mantendrá en vigor con posterioridad a la finalización de la relación entre el USUARIO y el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Por ello, el USUARIO garantiza que, tras terminar la relación, guardará el mismo secreto profesional respecto de la información confidencial a la que haya tenido acceso durante el desempeño de sus funciones en la empresa.

ANEXO I

FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

USUARIOS son todas aquellas personas que ejercen sus funciones bajo la autoridad del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO como miembros del personal laboral y que intervienen en el tratamiento de cualquier información generada por la organización relativa tanto a datos personales como a información estratégica o confidencial propiedad de la empresa. Estos deberán actuar de acuerdo con las instrucciones contempladas en el compromiso de confidencialidad y secreto profesional, obligándose además a cumplir con las funciones y obligaciones relacionadas en este anexo.

I. Protección de la confidencialidad de la información

El Usuario estará obligado a:

1.- Conservar los documentos en soporte papel en el mobiliario y lugar destinados a tal fin.

Para tratamientos automatizados se guardarán los archivos en los soportes, carpetas o directorio de red indicados por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.

2.- Almacenar toda la información tratada en el directorio de red correspondiente indicado por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, lo que permitirá que a esa información se le apliquen las medidas de seguridad existentes y que se pueda incluir en los procedimientos de copias de seguridad aplicadas por la organización.

3.- Disponer los soportes documentales e informáticos de manera que no sean accesibles a personas no autorizadas.

4.- Ocultar los documentos y bloquear el ordenador si se ausenta de su puesto de trabajo temporalmente. De esta forma, se impedirá la visualización de la información con la que se estaba trabajando.

5.- Recoger de manera inmediata los documentos impresos, o imprimir de forma bloqueada, asegurándose de no dejar documentos impresos en la bandeja de salida.

6.- Destruir los documentos físicos o soportes digitales que deban ser eliminados y que incluyan datos personales aplicando los protocolos de destrucción de documentos y soportes previstos por la empresa.

7.- Aplicar las medidas establecidas por la organización relativas a la seguridad del tratamiento como pueden ser la seudonimización o el cifrado de datos o advertencias de intrusión como antivirus, antispam, etc.

Están expresamente prohibidas las siguientes actividades:

1.- Enviar al exterior o revelar a terceros, información que no haya sido declarada como no confidencial por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, mediante cualquier procedimiento o soporte, sea electrónico, digital, manual o documental, o a través de cualquier medio de comunicación, incluyendo la simple visualización o acceso a la misma.

2.- El uso de cámaras fotográficas, de vídeo, de sonido o cualquier instrumento que pueda almacenar información, entendida esta no solo de personas, sino de cualquier lugar, soporte o recurso propiedad del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.

3.- Divulgar directamente o a través de terceras personas o empresas los datos, documentos, metodologías, claves, análisis, programas y demás información a la que se tuviera acceso durante la relación laboral con la organización, tanto en soporte analógico como electrónico. Esta prohibición continuará vigente tras la extinción del contrato laboral por tiempo indefinido.

4.- Poseer para usos fuera de su responsabilidad y desempeño material o información que fuera propiedad del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO o de un cliente a quien se presten los servicios, tanto ahora como en el futuro.

En caso de que, por motivos directamente relacionados con el desempeño del puesto de trabajo, el USUARIO entre en posesión de información que no haya sido declarada como no confidencial por parte del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, contenida en cualquier tipo de soporte, se entenderá que dicha posesión es estrictamente temporal, con obligación de secreto y sin que ello le otorgue derecho alguno de posesión, titularidad o copia sobre la referida información.

El USUARIO deberá devolver dichos materiales al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO inmediatamente después de la finalización de las tareas que han originado el uso temporal de los mismos y, en cualquier caso, a la finalización de la relación laboral. La utilización continuada de la información en cualquier formato o soporte de forma distinta a la pactada y sin conocimiento del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, no supondrá, en ningún caso, una modificación de esta cláusula.

El incumplimiento de estas obligaciones puede constituir un delito de revelación de secretos, previsto en los artículos 197 y 278 del Código Penal y dará derecho al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO a proceder como estime oportuno en defensa de sus intereses y a exigir al USUARIO una indemnización económica.

5.- Conservar datos en el escritorio físico o digital. Solo se permite el tratamiento temporal de información en dicho escritorio para realizar las operaciones que lo precisen debiendo conservarse en el lugar apropiado al término de la jornada.

6.- Llevar a cabo el transporte de soportes que contengan datos personales únicamente si ha sido designado como personal autorizado y si ello está relacionado con el desempeño asignado en la empresa.

II. Utilización de los sistemas informáticos de la empresa

El sistema informático, y los terminales utilizados por cada USUARIO son, con carácter general propiedad del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.

Están expresamente prohibidas las siguientes actividades:

1.- El uso de programas informáticos sin la correspondiente licencia, así como el uso, reproducción, cesión, transformación o comunicación pública de cualquier tipo de obra o invención protegida por la propiedad intelectual o industrial. Su incumplimiento podrá ser causa de responsabilidad disciplinaria, administrativa, civil y penal.

2.- Destruir, alterar, inutilizar o dañar de cualquier otra forma o modo los datos, programas o documentos electrónicos del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO o de terceros. Estos actos pueden constituir un delito de daños, previsto en el artículo 264.2 del Código Penal.

3.- Introducir voluntariamente programas, virus, macros, applets, controles ActiveX o cualquier otro dispositivo lógico o secuencia de caracteres que causen o sean susceptibles de causar cualquier tipo de alteración en los Sistema informáticos del RESPONSABLE o de terceros. No se deberá impedir que el propio sistema ejecute automáticamente el programa antivirus y sus actualizaciones para prevenir la entrada en el sistema de cualquier elemento destinado a destruir o corromper los datos informáticos.

4.- Introducir, descargar de internet, reproducir, utilizar o distribuir programas informáticos no autorizados expresamente por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO. Esta prohibición incluye cualquier tipo de obra o material cuyos derechos de propiedad intelectual o industrial pertenezcan a terceros, cuando no se disponga de autorización para ello.

5.- Instalar copias ilegales de cualquier programa, incluidos los que están estandarizados.

6.- Borrar cualquiera de los programas instalados legalmente y previstos por la empresa.

7.- Introducir contenidos obscenos, inmorales u ofensivos y, en general, carentes de utilidad para los objetivos del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.

8.- Cifrar información sin estar expresamente autorizado para ello.

III. Salvaguarda y protección de las contraseñas personales

Están expresamente prohibidas las siguientes actividades:

1.- Compartir o facilitar el identificador de usuario y la clave de acceso (contraseña) proporcionados por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO a otra persona física o jurídica, miembro o no del personal de la empresa. Si el USUARIO sospecha que otra persona conoce sus datos de identificación y acceso deberá notificar a la empresa esta incidencia para activar los mecanismos de cambio de contraseña. En caso de incumplimiento de esta prohibición, el USUARIO será el único responsable de los actos realizados por la persona física o jurídica que utilice de forma no autorizada su identificación.

2.- Intentar distorsionar o falsear los registros log del sistema.

3.- Intentar aumentar o disminuir el nivel de privilegios de un USUARIO en el sistema.

IV. Acceso a redes

Están expresamente prohibidas las siguientes actividades:

1.- Utilizar los datos, la red corporativa y/o la intranet del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO y/o de terceros para incurrir en actividades que puedan ser consideradas ilícitas o ilegales, que infrinjan los derechos de la organización y/o de terceros o que puedan atentar contra la moral o las normas de las redes telemáticas.

2.- Intentar descifrara las claves, sistemas o algoritmos de cifrado y cualquier otro elemento de seguridad que intervengan en los procesos telemáticos del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.

3.- Utilizar el sistema para intentar acceder a áreas restringidas de los sistemas informáticos del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO y/o de terceros.

4.- Almacenar datos de carácter personal en el disco duro del ordenador, debiendo ser utilizadas para tal fin las carpetas de la red corporativa asignadas por el RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.

5.- Obstaculizar voluntariamente el acceso de otros USUARIOS a la red mediante el consumo masivo de los recursos informáticos y telemáticos de la organización, así como realizar acciones que dañen, interrumpan o generen errores en dichos sistemas.

V. Recursos telemáticos y acceso a internet

El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO se reserva el derecho de monitorizar y comprobar, de forma aleatoria y sin previo aviso, cualquier sesión de accesos a internet iniciada por un USUARIO.

Cualquier fichero introducido en los sistemas desde internet, deberá cumplir los requisitos establecidos en estas normas y, en especial, en las referidas a propiedad intelectual y a control de virus.

Están expresamente prohibidas las siguientes actividades:

1.- Utilizar los recursos telemáticos del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO y/o acceder a redes públicas como internet, páginas web (www), grupos de noticias y otras fuentes de información como FTP, etc. para temas no relacionados directamente con la actividad del responsable o los cometidos del puesto de trabajo del USUARIO.

2.- El acceso a debates en tiempo real (chat/IRC), ya que facilita la instalación de utilidades que permiten accesos no autorizados al sistema.

VI. Utilización del correo electrónico y mensajería

Se considerará correo electrónico tanto el interno como el externo, dirigido o proveniente de otras redes privadas o públicas, especialmente internet.

Ningún mensaje de correo electrónico relacionado con el desempeño llevado a cabo en la empresa será considerado como privado.

El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO se reserva el derecho de revisar, sin previo aviso, los mensajes de correo electrónico de los usuarios de la red corporativa y los archivos log del sistema, con el fin de comprobar el cumplimiento de estas normas y de prevenir actividades que puedan afectar a la organización como responsable civil subsidiario.

Cualquier fichero introducido en los sistemas a través de mensajes de correo electrónico, provenientes de redes externas, deberá cumplir los requisitos establecidos en estas normas, y en especial las referidas a propiedad intelectual e industrial y a control de virus.

Las direcciones de correo electrónico de personas son consideradas datos personales, por lo que cuando se envíen correos a más de un destinatario, si no es estrictamente necesario que los otros vean las direcciones de correo de todos los demás, se deberán enviar como copia oculta “CCO”.

Están expresamente prohibidas las siguientes actividades:

1.- Intentar leer, borrar, copiar o modificar los mensajes de correo electrónico o archivos de otros USUARIOS. Esta actividad puede constituir un delito de interceptación de las telecomunicaciones (revelación de secretos), previsto en el artículo 197 del Código Penal.

2.- Enviar mensajes de correo electrónico de forma masiva o con fines comerciales o publicitarios sin el consentimiento del destinatario.

3.- Enviar o reenviar mensajes en cadena o de tipo piramidal.

VII. Tratamiento de la información

Están expresamente prohibidas las siguientes actividades:

1.- Acceder a recursos que no sean necesarios para el desarrollo del desempeño, así como consultar, copiar, reproducir, transmitir, editar, modificar o eliminar información sin estar autorizado para estas funciones.

2.- Utilizar impresoras o fotocopiadoras sin recoger de manera inmediata los documentos impresos en la bandeja de salida con el fin de que otras personas no autorizadas puedan acceder a la información.

3.- Destruir cualquier documento físico o soporte digital que incluya datos personales sin utilizar la destructora de papel o sin guardarlos debidamente custodiados hasta que sean retirados por una empresa homologada de destrucción de documentos.

4.- Dejar la pantalla del ordenador sin bloquear cuando se abandona el puesto de trabajo temporalmente, de modo que no se impida la visualización de la información a personas no autorizadas.

VIII. Gestión de incidencias

El USUARIO deberá comunicar al RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO en el menor plazo posible, todas aquellas incidencias que se produzcan en la organización, entendidas estas como cualquier anomalía que afecte o pudiera afectar a la seguridad de los datos personales o de información confidencial propiedad de la empresa o al incumplimiento de las obligaciones detalladas en este documento.

La comunicación deberá identificar la incidencia y realizar una descripción de esta, que contendrá al menos: momento (día y hora) en que se ha producido, persona que ha tenido conocimiento de ella, personas a las que se ha comunicado, efectos producidos y medidas correctoras provisionales adoptadas.

El conocimiento y no notificación de una incidencia se considerará una falta contra la seguridad de los datos y podrá suponer el inicio de acciones legales, así como la reclamación de las indemnizaciones, sanciones y daños o perjuicios que la empresa se vea obligada a atender a consecuencia de dicho incumplimiento.

ANEXO II

POLÍTICA PARA EL TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN CON DATOS PERSONALES

1.-ÁMBITO DE APLICACIÓN

La empresa, en cuanto entidad responsable del tratamiento, está comprometida con la implantación de una cultura de privacidad en la organización, por lo que necesita que el personal autorizado a tratar datos personales esté informado sobre la política de tratamiento de datos y se responsabilice al respecto.

A toda persona autorizada para tratar datos personales se le exige que lea, comprenda, cumpla y haga cumplir esta Política para proteger la información con datos personales asociada a las actividades que se le ha encomendado y que implican el tratamiento de datos personales.

Esta Política establece las obligaciones y procedimientos a seguir por el personal de la organización que trata datos personales en el desarrollo de su actividad y se basa en lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento General de Protección de Datos) y en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD).

En este sentido, para velar y hacer cumplir esta Política, la organización ha designado a un responsable de seguridad y del sistema de información que estará a disposición de todo el personal y se encargará de coordinar, controlar, desarrollar y verificar el cumplimiento de la citada normativa en coordinación con el asesor externo de protección de datos contratado por la empresa.

2.-CONCEPTOS BÁSICOS

Se indican a continuación algunos de los principales conceptos básicos en materia de protección de datos:

Estructura del tratamiento:

Datos personales: Información relativa a una persona física identificada o identificable.

Tratamiento: Cualquier operación o conjunto de operaciones realizadas sobre datos personales como la obtención, el acceso, la intervención, la transmisión, la conservación y la supresión.

Interesado: Persona física sometida al tratamiento de sus datos personales.

Fichero: Conjunto estructurado de datos personales susceptibles de tratamiento para un fin determinado.

Responsable del tratamiento: Organización que determina los fines y los medios del tratamiento.

Personal autorizado: Persona autorizada por la empresa para realizar un tratamiento de datos y que asume un compromiso de confidencialidad.

Categorías de datos:

Básicos: Datos no incluidos en categorías especiales, por ejemplo: nombre, dirección, email, teléfono, edad, sexo, firma, imagen, aficiones, patrimonio, datos bancarios, información académica, profesional, social, comercial, financiera, etc.

Penales: Datos relativos a la comisión de infracciones administrativas o penales.

Especiales: Datos relativos al origen étnico o racial, opiniones políticas, convicciones religiosas o filosóficas, afiliación sindical, datos genéticos o biométricos que permitan la identificación unívoca de una persona, datos relativos a la salud o a la vida y orientación sexual.

3.-PRINCIPIOS DE LA PROTECCIÓN DE DATOS

Los principios fundamentales para realizar un tratamiento de datos son:

  • Licitud: tratados de manera lícita, leal y transparente en relación con el interesado.

  • Limitación de los fines: recogidos con fines determinados, explícitos y legítimos, y no serán tratados ulteriormente de manera incompatible con dichos fines.

  • Minimización de los datos: adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados.

  • Exactitud: exactos y, si fuera necesario, actualizados; se adoptarán todas las medidas razonables para que se supriman o rectifiquen sin dilación los datos personales que sean inexactos con respecto a los fines para los que se tratan.

  • Limitación del plazo de conservación: mantenidos de forma que se permita la identificación de los interesados durante no más tiempo del necesario para los fines del tratamiento de los datos personales.

  • Integridad y confidencialidad: se deberán aplicar de medidas de seguridad para la protección de los datos en todas las fases del tratamiento en relación con estas dos dimensiones.

  • Responsabilidad proactiva: los responsables del tratamiento serán responsables del cumplimiento de los principios básicos establecidos en el art.5.1. RGPD y que han de estar en condiciones de poder demostrarlo.

4.- CONSENTIMIENTO PARA REALIZAR DETERMINADOS TRATAMIENTOS DE DATOS

  • En aquellos supuestos concretos en los que el consentimiento sea la base de legitimación que permita realizar determinados tratamientos de datos se deberá obtener el consentimiento explícito del interesado y guardar el documento probatorio que lo acredite.

  • Cuando se obtengan los datos de terceros, se deberemos verificar que la comunicación de datos es lícita y guardar el documento probatorio que lo acredite.

  • No es necesario obtener el consentimiento del interesado en aquellos supuestos en los que existan otras bases de legitimación en las que se pueda apoyar el tratamiento de los datos (por ejemplo, para emitir una factura).

5.- INFORMACIÓN A INTERESADOS SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS

Se deberá facilitar la siguiente información al interesado en formularios, documentos y cláusulas y siempre que esta fuera solicitada por los interesados a la empresa:

  • La identidad y los datos de contacto del responsable del tratamiento

  • Los fines del tratamiento

  • La base jurídica del tratamiento

  • El plazo de conservación de los datos o los criterios que lo determinen

  • Los derechos que asisten al interesado

  • Y si fuera el caso, los destinatarios o categorías de destinatarios de los datos y la transmisión de datos a países u organizaciones establecidas fuera de la UE

6.- RESPONSABILIDAD DEL TRATAMIENTO

El tratamiento de datos se podrá realizar por parte de organizaciones externas siempre y cuando exista una autorización expresa de la empresa y se haya suscrito un contrato o acuerdo que permita realizar dicho tratamiento y siempre que este sea conforme a la legislación vigente. Para conocer qué empresas o terceros están autorizados para que se les realice una cesión de datos será necesario realizar la correspondiente consulta al responsable de seguridad y del sistema de información de la empresa.

Las organizaciones externas a las que se podrían ceder o comunicar datos pueden ser:

  • Encargados del tratamiento: organizaciones que tratan datos personales por cuenta de la empresa con motivo de la prestación de un servicio (asesores externos, empresas de servicios informáticos, etc).

  • Destinatarios de datos: organizaciones distintas de la propia empresa que reciben una comunicación de datos personales desde la empresa relacionada con las actividades desarrolladas (clientes, proveedores, etc).

7.- MEDIDAS DE SEGURIDAD

La empresa ha previsto, documentado e implementado medidas técnicas y organizativas para garantizar un nivel de seguridad adecuado en relación con los riesgos asociados a los tratamientos de datos realizados, y en concreto a los que pudieran provocar la destrucción accidental o ilícita de datos, la pérdida, alteración o comunicación no autorizada y el acceso a los datos cuando son transmitidos, conservados u objeto de algún otro tipo de tratamiento.

El personal deberá velar por la seguridad de los datos personales tratados por la empresa y comunicará cualquier operación de tratamiento que pueda suponer un riesgo para los derechos, intereses y libertades de los interesados afectados por dicha operación.

El diseño de una nueva operación o actividad de tratamiento de datos o la actualización o modificación de una operación o actividad de tratamiento ya existente deberá garantizar, antes de su efectiva implantación y puesta en marcha, la protección de datos personales.

La empresa deberá igualmente facilitar el ejercicio de los derechos de los interesados respecto de los datos que les conciernen en todas las fases del tratamiento de estos, así de informar sobre la posibilidad de presentar si lo desean una reclamación sobre sus derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos como autoridad de control competente.

ANEXO III

INFORMACIÓN AL TRABAJADOR SOBRE EL TRATAMIENTO DE SUS DATOS PERSONALES

El presente documento tiene como fin proporcionar a los/las trabajadores/as toda la información sobre el tratamiento de sus datos de carácter personal que podría ser realizado por la empresa, así como recabar el consentimiento para el tratamiento de sus datos en aquellos casos en los que este fuera necesario.

La empresa GENTECNO COMUNICACIONES, S.L., en cuanto responsable del tratamiento de los datos personales del trabajador, informa que los datos serán tratados de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo (Reglamento General de Protección de Datos) y en la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD), y el artículo 21 de la Ley 34/2002 de Servicios de la Sociedad de la Información y comercio Electrónico (LSSICE), por lo que se facilita la siguiente información:

Información sobre bases de legitimación para el tratamiento de los datos y sobre los fines del tratamiento:

1.- Ejecución de un contrato en el que el interesado es parte (Art. 6.1.b RGPD)

– La gestión de la relación laboral y de recursos humanos

– El control y registro de la jornada laboral

– La evaluación del desempeño

– La formación obligatoria a realizar en función del puesto desempeñado

– La aplicación de la política de retribución flexible: gestión de los diferentes programas que la empresa ofrece a sus empleados como parte de la política de retribución flexible (tickets restaurante, etc.)

2.- Cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Art. 6.1.c RGPD)

– La Prevención de Riesgos Laborales

– La supervisión del uso de medios digitales facilitados al personal (teléfonos, portátiles, tablets, etc. para el control de las obligaciones laborales y garantizar la integridad de los dispositivos)

– La gestión de las infracciones que se notifiquen en materia de tráfico

3.- Consentimiento para el tratamiento de datos (Art. 6.1.a)

Uso del correo electrónico personal o del número de teléfono del trabajador para remitirle comunicaciones relativas al desempeño de su actividad profesional en la empresa como el envío de nóminas o certificados derivados de la prestación de sus servicios, comunicaciones oficiales de la empresa, envío de información sobre programas formativos, comunicaciones relacionadas con el puesto de trabajo, envío de la encuesta de clima laboral, fichaje y control de presencia, así como otras informaciones profesionales.

4.- Consentimiento para el tratamiento de datos (Art. 6.1.a)

Uso de la imagen del trabajador en la página web corporativa, redes profesionales, organigrama, o videos de eventos o actos organizados por la Empresa.

5.- Cumplimiento de una misión realizada en interés público (Art. 6.1.e)

Si por motivos de seguridad y para la protección de personas, bienes e instalaciones la empresa decidiese instalar cámaras de videovigilancia en el interior y exterior de las instalaciones, la imagen del trabajador podría ser captada con esa finalidad. En este caso la empresa informará al personal de modo oficial a través del correspondiente documento específico.

La información solicitada por la empresa al trabajador tiene carácter obligatorio, de forma que el hecho de que no fuera proporcionada impediría la formalización de la relación laboral. Si se produjese alguna modificación de los datos el trabajador se compromete a comunicarlo con el fin de mantener sus datos personales debidamente actualizados.

Criterios de conservación de los datos: los datos generales asociados a la gestión de Recursos Humanos se conservarán mientras se mantenga la relación laboral y mientras no prescriban las posibles acciones legales derivadas de la finalidad y del tratamiento; los datos de registro de la jornada laboral se conservarán durante cuatro años; la información recabada mediante sistemas de videovigilancia será suprimida en el plazo máximo de un mes desde su captación, salvo cuando las imágenes tuvieran que ser conservadas como evidencia para acreditar la comisión de actos que atentasen contra la integridad de personas, bienes o instalaciones, en cuyo caso las imágenes se pondrán a disposición de la autoridad competente.

Comunicaciones posibles de los datos: a terceros con los que la empresa tenga una relación contractual y con la finalidad de facilitar datos de contacto (sólo se cederán los datos de contacto profesional); en los supuestos de obligación legal o por requerimiento judicial; a clientes y potenciales clientes con el fin de identificar a los profesionales y al equipo que participará en el desarrollo de los trabajos, para la acreditación de que la empresa cumple con sus obligaciones en el ámbito de la normativa laboral o de Seguridad Social y para la coordinación de actividades empresariales; a las Administraciones Públicas en el caso de participar en concursos públicos que requieran de la comunicación de datos del personal en los documentos contractuales que regulen la relación; a asesores laborales externos en relación con la gestión de nóminas y RRHH; a empresas de formación para la impartición de cursos y a las empresas gestoras de la misma; a mutuas y compañías aseguradoras en el caso de suscripción de un seguro de vida y accidentes, con la finalidad de gestionar la contratación del seguro y, en su caso la tramitación de los siniestros; a empresas de renting/leasing, en el caso de que sea asignado un vehículo de Empresa al trabajador, con la finalidad de identificar al conductor o la gestión de los procedimientos en materia e infracciones de tráfico.

El trabajador podrá ejercer sus derechos respecto de sus datos personales dirigiéndose a GENTECNO COMUNICACIONES, S.L., entidad responsable del tratamiento de los datos, en Avenida de Compostilla, 10 Bajo – 24402 – Ponferrada (León) o contactando en el correo-e hola@gentecno.com. Si los interesados consideran que no se han atendido sus derechos podrán presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en las vías de contacto indicadas en www.aepd.es